Ayudas para puntos de recarga para vehículos eléctricos en Cataluña (2025)

¿Estás pensando en instalar un punto de recarga para vehículo eléctrico en 2025? Descubre todas las ayudas disponibles en Cataluña, incluyendo el Plan MOVES III y deducciones fiscales compatibles.

Tabla de contenidos

Ayudas para instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos (Plan MOVES III – 2025)

El Plan MOVES III, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2025, ofrece subvenciones económicas para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.

¿Qué cubre la ayuda?

La ayuda cubre instalaciones en viviendas unifamiliares, comunidades de propietarios, parkings colectivos, empresas y edificios públicos. También es compatible con formas de adquisición como leasing o renting.

¿Quién puede solicitarla?

  • Particulares
  • Autónomos
  • Comunidades de propietarios
  • Empresas
  • Administraciones públicas

Importe de la ayuda

Solicitante / Zona% SubvenciónLímite por expediente
Particular (< 5.000 hab.)80%Hasta 5.000 €
Particular (> 5.000 hab.)70%Hasta 5.000 €
Empresa o administración30–60%Hasta 800.000 €
Destinatario último (empresas)Hasta 2,5 millones €

Ayudas para adquisición de vehículos eléctricos

Dentro del programa Plan MOVES III, también se incluyen ayudas para la compra de vehículos eléctricos nuevos.

  • Tipo de vehículos subvencionables: eléctricos enchufables o de pila de combustible.
  • Uso: exclusivo para particulares (no vinculado a actividad económica).
  • Requisito: matriculación en España antes del 31 de diciembre de 2025.
  • Condición adicional: el precio de venta no puede superar el máximo del Anexo III del Real Decreto 266/2021.

Deducción IRPF por movilidad eléctrica

1. Instalación de punto de recarga

  • Deducción del 15% en la declaración de la renta.
  • Límite deducible anual: 4.000 €.

2. Compra de vehículo eléctrico

  • Deducción del 15% del valor de adquisición (incluye impuestos y gastos).
  • Base máxima deducible: 20.000 €.
  • Se aplica en el ejercicio fiscal de entrega del vehículo.
  • Si hubo pago anticipado (reserva, señal), se puede aplicar en los dos ejercicios siguientes.

Requisitos generales y plazos

  • Las instalaciones desde el 1 de enero de 2025 pueden acogerse con efecto retroactivo.
  • En algunos casos, la ayuda debe solicitarse antes de comenzar la instalación.
  • Una vez concedida, hay un plazo máximo de 12 meses para ejecutar la actuación.

Preguntas frecuentes sobre ayudas y subvenciones para puntos de recarga

Hasta el 80% para municipios de menos de 5.000 habitantes, y hasta el 70% en otras zonas para particulares. Para empresas y administraciones, entre el 30% y el 60%.

Sí, puedes recibir la subvención del MOVES y además deducirte el 15% del importe en tu declaración de la renta.

Sí, el plan tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2025, siempre que cumplas los requisitos y no haya transcurrido el plazo de ejecución (12 meses).

En Cataluña, la solicitud se tramita a través de la web del ICAEN.

Si todavía no tienes tu punto de recarga, podemos ayudarte. Descubre nuestro servicio de instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos, con asesoramiento técnico y gestión de ayudas incluida.

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