Cada vez más conductores cuentan con un punto de recarga instalado en su garaje. Pero surge una duda frecuente: ¿qué ocurre si me cambio de casa? ¿Puedo llevarme el cargador conmigo o tengo que dejarlo instalado?
La respuesta depende del contrato, de la propiedad del equipo y de la negociación con el nuevo propietario o inquilino. Aquí te contamos las opciones más habituales.
Derecho a desmontar y llevarte el cargador
El punto de recarga es tuyo si lo instalaste y lo pagaste, ya seas propietario o inquilino autorizado.
- Puedes desmontarlo y trasladarlo a tu nueva vivienda, igual que harías con un electrodoméstico.
- Eso sí, debes asumir los costes de desinstalación, transporte e instalación en el nuevo lugar.
- Es recomendable que el desmontaje lo haga un instalador autorizado, tanto por seguridad como para dejar el garaje en condiciones correctas.
Avisa siempre a la comunidad de vecinos (si es un garaje comunitario) para que quede constancia de que retiras tu instalación.
Dejarlo instalado: opción de venta o traspaso
En muchos casos, el nuevo propietario o inquilino puede estar interesado en quedarse con el punto de recarga. Esto tiene varias ventajas:
- Recuperas parte de la inversión mediante la venta o cesión económica del equipo.
- Facilitas la transición al nuevo ocupante, que ya tendrá todo listo para cargar su coche eléctrico.
- Evitas los costes de desinstalar y trasladar el cargador.
La negociación puede hacerse de dos formas:
- Venta directa del cargador: acuerdas un precio justo teniendo en cuenta antigüedad y estado del equipo.
- Traspaso incluido en el alquiler/venta de la vivienda o plaza: se incorpora como parte del inmueble o garaje, y se refleja en el contrato.
Qué opción elegir
- Si te mudas a una vivienda con garaje propio o comunitario donde quieras instalar cargador → lo lógico es llevarte el equipo contigo, siempre que esté en buen estado.
- Si tu nuevo destino no tiene garaje o prefieres actualizar a un modelo más potente → mejor negociar su venta o cesión al nuevo inquilino/propietario.
Aspectos legales a tener en cuenta
- Si eres propietario: tienes derecho a desmontar y llevarte el cargador, pero debes dejar la instalación eléctrica en condiciones seguras.
- Si eres inquilino: conviene reflejar en el contrato de alquiler qué ocurre con el punto de recarga al finalizar.
- En garajes comunitarios, cualquier modificación debe notificarse a la comunidad según la Ley de Propiedad Horizontal.
Mudarse no significa perder la inversión en tu punto de recarga. Puedes llevarte el cargador contigo o acordar su venta o traspaso al nuevo usuario del garaje. La mejor decisión dependerá de tu nuevo destino y de si te compensa más aprovechar el equipo actual o instalar un cargador para coche eléctrico en tu nuevo garaje.