IVA en placas solares en Girona 2026: ¿Cuándo es el 10% o 21%?

Existe una enorme confusión con el IVA de las instalaciones fotovoltaicas. Muchos presupuestos aplican el 10% como gancho comercial, pero Hacienda es tajante. Te explicamos los requisitos reales para empresas, autónomos y particulares en Girona durante este año 2026.

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Última actualización: 12 de junio de 2026

Por norma general, el tipo de IVA aplicable a una instalación de placas solares es del 21%. Esto incluye tanto los equipos (paneles, inversor, estructuras) como la mano de obra.

  • El IVA reducido del 10% solo se puede aplicar en casos muy específicos regulados por la Ley del IVA: particulares que instalen las placas dentro de una reforma integral de la vivienda (donde el coste de los paneles no supere el 40% de la base total de la obra) o en viviendas de obra nueva en fase de construcción.
  • Si eres empresa o autónomo, pagarás el 21% pero podrás deducirlo íntegramente si la instalación está vinculada a tu actividad económica.
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Si tu empresa en Girona va a instalar placas solares, una de las primeras preguntas es: ¿puedo recuperar el 21 % de IVA de la inversión? La respuesta es sí, siempre que la instalación esté vinculada a la actividad económica. El proceso se gestiona ante la Agencia Tributaria mediante las declaraciones periódicas de IVA, pero es importante cumplir ciertos requisitos para evitar problemas en una posible inspección.

¿Qué IVA se aplica a las placas solares por norma general?

Como norma general, el tipo de IVA en la instalación de placas solares es del 21%. Este porcentaje grava de forma conjunta todo el bloque del proyecto: desde el suministro de los equipos (módulos fotovoltaicos, inversor, estructuras, cableado o sistemas de acumulación) hasta la propia mano de obra necesaria para el montaje y la puesta en marcha.

A pesar de que el 21% es la base común, la Agencia Tributaria contempla excepciones muy concretas que permiten facturar con un tipo reducido. Cruzar un dato erróneo en la factura para intentar forzar una rebaja fiscal es un imán para los requerimientos de la AEAT. A continuación, desglosamos los escenarios reales según tu perfil.

IVA de las placas solares para Empresas y Autónomos

Si tu empresa va a dar el paso hacia el autoconsumo industrial en la provincia de Girona, la clave fiscal no está en buscar un tipo reducido, sino en la recuperación del impuesto. El 21% de IVA soportado en la factura es 100% deducible, siempre que la instalación esté directamente vinculada y afecta a tu actividad económica.

Métodos para recuperar el 21% de IVA de la inversión

Hacienda permite canalizar la devolución de este IVA a través de las declaraciones periódicas habituales:

  • Compensación en el Modelo 303 (Trimestral o Mensual): En la liquidación periódica restas el IVA repercutido (el que cobras a tus clientes) del IVA soportado (el 21% pagado por la instalación fotovoltaica). Si el resultado es negativo, el saldo queda acumulado a tu favor.
  • Solicitud de devolución al cierre del ejercicio: Si al finalizar el año fiscal el saldo acumulado sigue siendo favorable para tu negocio, puedes solicitar el reembolso directo en la Sede Electrónica de la AEAT durante el mes de enero del año siguiente.
  • Devolución mensual (Sistema REDEME): Las empresas inscritas en el Registro de Devolución Mensual no necesitan esperar al cierre del año; pueden solicitar la devolución del IVA mes a mes para mantener intacta la liquidez de la empresa.

Requisitos obligatorios de la AEAT para evitar inspecciones en Girona

Para que la deducción del IVA pase cualquier filtro de la Agencia Tributaria, la base documental debe cumplir estas condiciones:

  • Factura perfectamente emitida: Debe desglosar obligatoriamente el 21% de IVA, incluir el NIF de la empresa o autónomo, detallar por separado el coste de los materiales frente a la mano de obra y especificar la dirección exacta del inmueble (nave industrial o local comercial en Girona).
  • Uso afecto a la actividad: La energía generada por los paneles debe abastecer directamente a la actividad empresarial (industria, comercio, sector agrícola u oficinas).
  • El caso de los autónomos con oficina en casa: Si trabajas desde tu vivienda habitual, la deducción del IVA no puede ser total. Deberá ser estrictamente proporcional al porcentaje de metros cuadrados del inmueble que estén oficialmente afectos a la actividad económica en tus modelos de alta 036/037.

El mito del IVA reducido del 10% para particulares

Es habitual encontrar grandes superficies comerciales (como el simulador online de IKEA) o plataformas web que aplican sistemáticamente un IVA reducido del 10% por defecto en sus presupuestos. Esto se utiliza como gancho comercial. En la letra pequeña aclaran que «en la visita técnica se verificará el cumplimiento de los supuestos» y que, si no se cumplen, modificarán el IVA al 21%.

Si una empresa te emite una factura con un IVA del 10% sin cumplir la ley, ante una inspección fiscal tú serás el obligado a regularizar la situación ante la AEAT, pagando la diferencia junto con los recargos correspondientes.

Para poder aplicar de forma legal el IVA reducido del 10% en placas solares, debes cumplir estrictamente uno de estos dos supuestos de la Ley 37/1992 del IVA:

Supuesto A: Instalación dentro de una reforma u obra de rehabilitación integral

Para que la fotovoltaica tribute al 10% como una obra de renovación o reparación del hogar, se deben cumplir tres requisitos simultáneos:

  1. Perfil del cliente: El destinatario de la factura debe ser una persona física (particular) para su uso privado, o bien una comunidad de propietarios. Nunca una empresa.
  2. Antigüedad del inmueble: Tienen que haber transcurrido al menos dos años desde la construcción o la última rehabilitación de la vivienda.
  3. La regla del 40% de los materiales: El coste de los materiales aportados por la empresa instaladora (paneles, inversor, baterías) no puede superar el 40% de la base imponible total de la obra. Dado que en un proyecto fotovoltaico aislado los equipos representan la mayor parte del presupuesto, la instalación de placas solares por sí sola casi nunca cumple este requisito. Solo se puede aplicar el 10% si la instalación se integra dentro de una reforma integral del inmueble mucho más amplia, donde el coste de la albañilería o la fontanería diluya el peso económico de los paneles.

Supuesto B: Instalación en viviendas de obra nueva (Autopromoción)

Se puede aplicar el IVA reducido del 10% si las placas solares forman parte del proyecto de ejecución de una vivienda nueva. Si eres autopromotor, la instalación facturada por la empresa instaladora tributará al 10% siempre que las obras se ejecuten antes de que se expida el Certificado de Fin de Obra definitivo. Cualquier ampliación posterior pasará a tributar al 21%.

Incentivos fiscales adicionales para empresas en Girona

Además de la gestión del IVA, las empresas que instalan autoconsumo fotovoltaico en la provincia disponen de incentivos adicionales para acelerar la amortización de la inversión:

  • Deducción en el Impuesto sobre Sociedades: Las empresas pueden aplicar deducciones directas en la cuota del Impuesto de Sociedades por inversiones destinadas a la transición energética y la mejora de la eficiencia, justificadas mediante los correspondientes certificados energéticos.
  • Bonificaciones del IBI y el ICIO: Dependiendo del municipio de la provincia, el Ajuntament de Girona y otras localidades contemplan reducciones de hasta el 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) durante varios años en naves y locales, así como bonificaciones de hasta el 95% en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
  • Ayudas del ICAEN: El Institut Català d’Energia mantiene activos programas de subvenciones orientados específicamente al tejido industrial y al autoconsumo empresarial en Cataluña.

Recomendación práctica antes de presentar la deducción

Antes de liquidar el IVA de tu proyecto fotovoltaico, asegúrate de cumplir este checklist de control:

  1. Exige un presupuesto transparente y huye de ofertas que apliquen el IVA reducido por defecto en cubiertas residenciales si no hay una reforma general que lo respalde.
  2. Si eres empresa, vincula la instalación a tus activos contables y justifica que la potencia instalada responde a las necesidades energéticas de tu actividad industrial o comercial.
  3. Coordina los plazos de facturación con tu asesoría fiscal para integrar correctamente la inversión en los libros contables del trimestre en curso.

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Equipo Técnico Fotovol

Artículo elaborado por el equipo técnico de Fotovol, ingeniería EPC con más de 25 años de experiencia y más de 25 MW de potencia instalada en proyectos fotovoltaicos en Girona y Cataluña. Todos nuestros contenidos son revisados por técnicos instaladores con experiencia en campo.